
Una vez concluido el plazo de presentación de la declaración de la Renta de 2024, si el resultado es a devolver, Hacienda cuenta con un plazo de seis meses para ordenar el pago.
El cómputo de esos seis meses se inicia en la fecha de finalización del plazo voluntario de presentación de la declaración, es decir, el 30 de junio de 2025.
- Si presenta su declaración después del 30 de junio, el plazo de seis meses comenzará a contar desde la fecha efectiva de presentación.
- En el caso de que Hacienda no ordene el pago dentro de dicho plazo, tendrá derecho a percibir intereses de demora (al tipo del 4,0625% anual) por el periodo comprendido entre el día siguiente al vencimiento del plazo de seis meses y la fecha en que se dicte la orden de pago.
- Estos intereses se calcularán de manera automática y serán abonados junto con la devolución.