Principales aspectos a tener en cuenta:
| La Agencia Tributaria mantiene un esquema muy similar al de ejercicios anteriores para la campaña de la Renta 2025, cuya presentación finaliza el 30 de junio, siendo el 25 de junio la fecha límite para domiciliar el importe a ingresar. La declaración se presenta exclusivamente a través de Renta WEB, mediante certificado electrónico, Cl@ve o número de referencia. Obligación de presentar declaración Con carácter general, deberán presentar declaración quienes superen determinados límites de renta, entre otros: Rendimientos del trabajo: hasta 22.000 € con un solo pagador; 15.876 € con varios pagadores, salvo excepciones. Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención: 1.600 €. Rentas inmobiliarias imputadas y otras rentas no sujetas a retención: 1.000 €. Además de estos umbrales, deben presentar declaración: Todos los autónomos, con independencia de sus ingresos. Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y los miembros de su unidad de convivencia. Contribuyentes que deseen aplicar deducciones, reducciones o solicitar devoluciones. Principales novedades de la Renta 2025 Rentas del ahorro: el tipo aplicable a bases del ahorro superiores a 300.000 € se incrementa hasta el 30%, reforzando la progresividad del impuesto. Nueva deducción vinculada al SMI: se incorpora una deducción para contribuyentes con rendimientos del trabajo bajos, destinada a evitar que la subida del salario mínimo incremente su tributación. Puede alcanzar hasta 340 €, con aplicación decreciente según ingresos. Exención de determinadas ayudas públicas extraordinarias, especialmente las concedidas por catástrofes naturales, que deben identificarse correctamente en la declaración Incentivos fiscales relevantes Se mantienen, entre otros: Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Incentivos por adquisición de vehículos eléctricos, con una deducción del 15% sobre una base máxima de 20.000 €. Deducciones por donativos, aportaciones a sistemas de previsión social y deducciones autonómicas, cuyo impacto puede ser relevante en el resultado final de la declaración. Importancia de revisar el borrador El borrador facilitado por la Agencia Tributaria no es completo ni vinculante. La experiencia demuestra que los errores más habituales se producen en: Deducciones autonómicas no aplicadas. Información incompleta sobre inmuebles. Ganancias patrimoniales incorrectamente declaradas. Gastos deducibles omitidos, especialmente en el caso de autónomos. Fiscalidad bajo mayor control. La AEAT refuerza el control en ámbitos como: Alquileres turísticos. Determinación de la residencia fiscal. Gastos deducidos sin la adecuada afectación a la actividad económica. Por ello, resulta especialmente recomendable analizar cada caso de forma individual antes de confirmar la declaración. Nos ponemos a su disposición para asesorarle sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a su declaración de RENTA y PATRIMONIO del ejercicio 2025. |


