Con fecha 29/12/2025, la TGSS ha publicado su Boletín nº 13/2025 que recoge las principales novedades en materia de cotización a la Seguridad Social para este año 2026, y de las cuales, a continuación, le resumimos las más relevantes:
1.Tope máximo de cotización
Desde el 1 de enero de 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, la base máxima de cotización mensual será de 5.101,20 €.
Las bases mínimas de cotización se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en 1/6.
2. Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Durante 2026 se mantiene el tipo del 0,90 %, distribuido de la siguiente forma:
- 0,75 % a cargo de la empresa
- 0,15 % a cargo de la persona trabajadora
3. Cotización adicional de solidaridad (salarios elevados)
Se refuerza la cotización adicional aplicable a las retribuciones que superen la base máxima de cotización, mediante tipos progresivos por tramos salariales, desde el 1’15% al 1’46%.
Esta medida afecta principalmente a directivos y personal con salarios elevados, incrementando el coste de Seguridad Social.
4. Personas trabajadoras autónomas
- En 2026 se mantienen la tabla de cotización por rendimientos netos vigente en 2025.
- En casos de pluriactividad (autónomo y trabajador por cuenta ajena), se mantiene el derecho a la devolución del 50% del exceso de cotización, si se superan determinados límites anuales.
5. Nueva tarifa de cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT/EP)
A partir del 1 de enero de 2026, se aplicará una nueva tarifa de primas, vinculada a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025).
El tipo aplicable dependerá de la actividad económica, ocupación o situación concreta.
6. Obligación de comunicar el CNAE-2025
Si la empresa no ha comunicado correctamente su CNAE-2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social:
- Se aplicará automáticamente el tipo de cotización más alto posible para contingencias profesionales.
- Las correcciones no tendrán efectos retroactivos, solo desde el mes siguiente a la comunicación.
Por ello, resulta fundamental verificar que el CNAE-2025 comunicado es correcto y que coincide con la actividad real de la empresa.
7. Colectivos con cotización adicional
Se establece una cotización adicional del 10,60% para determinados colectivos, como bomberos y agentes forestales y medioambientales, con reparto entre empresa y trabajador.
Como de costumbre, desde AUDICONSULTING nos ponemos a su entera disposición para aclararle cuantas dudas puedan suscitársele al respecto.

